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SC
Jurisprudencia
: SC
Historial de versiones
Titulo
SC
Hechos relevantes del caso
Uno de los cónyuges solicitó el divorcio unilateral, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 437 del Código Civil y Comercial de la Nación.
Categoria
Jurisprudencia Nacional
Fecha
14/08/2015
Voces CSJN
DIVORCIO VINCULAR
;
SEPARACIÓN DE HECHO
;
TRASLADO
;
AUDIENCIA
;
Decisión y argumentos
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 25 decretó el divorcio de los cónyuges con retroactividad a la separación de hecho, de conformidad con lo previsto en el artículo 480 del Código Civil y Comercial de la Nación. Además, ordenó el traslado de la contrapropuesta por el plazo de cinco días y fijó la audiencia establecida por el artículo 438 del Código Civil y Comercial de la Nación.
Otra jurisprudencia relacionada
Tribunal
Juzgado Nacional Civil Nro. 25
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