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MJG c. Galeno Argentina SA y otro
Jurisprudencia
: MJG c. Galeno Argentina SA y otro
Historial de versiones
Titulo
MJG c. Galeno Argentina SA y otro
Hechos relevantes del caso
Los actores iniciaron una demanda contra un médico, la obra social y el sanatorio solicitando la reparación de los daños derivados de la muerte de su madre, quien había fallecido luego de un control y reprogramación de su marcapasos. Los actores atribuyeron a una deficiente atención médica suministrada a su madre por las demandadas. El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó a las demandadas a abonar a cada uno de los actores la cantidad de $47.000, más sus intereses y las costas del proceso. Hizo extensiva la condena contra la empresa aseguradora citada en garantía. Contra lo decidido, apelaron todas las partes.
Categoria
Jurisprudencia Nacional
Fecha
22/05/2015
Voces CSJN
DAÑOS Y PERJUICIOS
;
RESPONSABILIDAD MÉDICA
;
CARGA DE LA PRUEBA
;
PRESUNCIONES
;
Decisión y argumentos
La Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, rechazó los reclamos efectuados por “incapacidad psíquica” y fijó por el rubro de "tratamiento psicológico futuro" la cantidad de $19.200 para cada uno de los coactores. Para decidir de este modo, el tribunal sostuvo que "...que el sólo hecho de hallarse incompleta la historia clínica no lleva a presumir sin más la culpa del profesional demandado. Pero se ha probado en autos que la Sra. P. llevaba colocado un marcapasos hacía 6 años, que encontraba compensada cuando fue atendida por el Dr. D. quien le practicó un control/reprogramación de dicho aparato, y que 7 horas después el marcapasos comenzó a fallar, sufriendo en consecuencia la paciente una descompensación que derivó en su internación y lamentablemente en su deceso. Frente a tales circunstancias incumbía a los emplazados la carga de demostrar en concreto que la práctica llevada a cabo por el Dr. D. fue correcta y que no tuvo incidencia causal en la posterior disfunción del marcapasos". En este sentido, la sala señaló que "...la falta de historia clínica o al menos la inexistencia de datos referidos a la atención brindada [...] por parte del profesional demandado, constituye una presunción en contra de las demandadas, presunción que no se preocuparon de despejar debidamente mediante prueba directa".
Otra jurisprudencia relacionada
Tribunal
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala F
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