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AVH (causa N° 67844)
Jurisprudencia
: AVH (causa N° 67844)
Historial de versiones
Titulo
AVH (causa N° 67844)
Hechos relevantes del caso
A través de una denuncia anónima, se informó a la Gendarmería Nacional acerca de un posible intercambio de estupefacientes. Los agentes de esa fuerza se presentaron en el domicilio y horario indicado y observaron a un hombre que, al percatarse de la presencia policial, intentó huir. Por tal razón, se lo detuvo y requisó. De sus pertenencias se secuestraron dos bolsas de nylon que contenían novecientas pastillas de éxtasis. Por ese hecho, fue imputado por el delito de tráfico de estupefacientes en su modalidad de tenencia para comercialización. Durante la etapa de juicio, el imputado solicitó declarar en los términos del artículo 29 ter de la ley Nº 23.737. A partir de sus declaraciones se dispuso la extracción de testimonios y se dictó el procesamiento de otras personas vinculadas al tráfico de estupefacientes. En oportunidad de celebrar un acuerdo de juicio abreviado, la defensa solicitó que se tuviera en cuenta la colaboración prestada por su asistido y que, en consecuencia, se redujera su pena.
Categoria
Jurisprudencia Nacional
Fecha
22/12/2017
Voces CSJN
TRÁFICO DE ESTUPEFACIENTES
;
TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES
;
ARREPENTIDO
;
JUICIO ABREVIADO
;
PENA
;
DETERMINACIÓN DE LA PENA
;
Decisión y argumentos
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 5, de manera unipersonal, hizo lugar y homologó el acuerdo de juicio abreviado. En tal sentido, condenó al imputado a la pena de tres años y ocho meses de prisión (juez Basso). [E]l representante del Ministerio Público Fiscal tuvo en cuenta el avance que significó para la pesquisa que […] lleva adelante Juzgado […], la información brindada por [el imputado] en la declaración que prestada, en esta sede […]. En efecto, indicó que, a partir del material y los datos aportados, en dicho expediente se practicaron diversas medidas de prueba que corroboraron sus extremos y contribuyeron al dictado del auto de procesamiento contra los allí imputados […]. Por todo ello, [...] corresponde atender al pedido de reducción formulado…”.
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Tribunal
Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 3 de la Capital Federal
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