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Retamozo, Matías Gabriel
Jurisprudencia
: Retamozo, Matías Gabriel
Historial de versiones
Titulo
Retamozo, Matías Gabriel
Hechos relevantes del caso
Una persona había sido imputada por el delito de robo en grado de tentativa. La causa se sustanció de acuerdo al procedimiento de flagrancia (ley 22.272, modificatoria del CPPN). El Código de procedimientos prevé en el art. 353 sexies que los acuerdos de juicio abreviado y/o pedidos de suspensión del juicio a prueba sólo podrán ser presentados, bajo pena de caducidad, hasta el momento que se celebre la audiencia de clausura (regulada en el art. 353 quinquies). Sin embargo, antes de dar inicio a la audiencia de ofrecimiento de prueba y constitución del tribunal (art. 353 septies), el juez del Tribunal Oral informó que había recibido un acuerdo de juicio abreviado, en los términos del art. 431 bis CPPN.
Categoria
Jurisprudencia Nacional
Fecha
21/12/2016
Voces CSJN
FLAGRANCIA
;
JUICIO ABREVIADO
;
CADUCIDAD
;
Decisión y argumentos
El juez Nardiello suspendió la audiencia, homologó el acuerdo de juicio abreviado y condenó al imputado a pena de prisión de efectivo cumplimiento.
Otra jurisprudencia relacionada
Tribunal
Tribunal Oral en lo Criminal Nro. 22 de la Capital Federal
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Nombre
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